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Una de las cuestiones más demandadas por los trabajadores a lo largo de mi vida profesional ha sido la solicitud Asesoramiento e información sobre las relaciones laborales.

Es por ello que este despacho, especializado en materia laboral, facilita trabajadores y trabajadoras toda aquella información que precisen relativa no sólo al conocimiento de sus derechos y obligaciones laborales, sino también a su contrapartida, esto es, los derechos y obligaciones de los empresarios para con ellos.

imagen conflictividad laboral

Introducción a la conflictividad laboral

Los trabajadores y trabajadoras, a lo largo de su vida laboral y su relación con la empresa, se encuentran con multitud de circunstancias y problemas que requieren de una respuesta adecuada, para lo que es preciso estar debidamente informados y asesorados.

Hablamos de situaciones de potencial conflictividad laboral, que puede tener lugar por múltiples y variadas razones, como podrían ser un despido, una falta de cobro de las nóminas, el acoso…

Ante estas situaciones, el trabajador necesita conocer a qué se va a enfrentar y cómo solucionarlo.

Este Despacho está especializado en dar respuesta a esas y otras cuestiones.

En nuestra labor de representación y defensa de tus derechos e intereses, nos enfrentamos con todo tipo de situaciones que, en el ámbito laboral, requieren de una respuesta más o menos inmediata, dada la brevedad de los plazos de los que se dispone y de las que reflejaremos aquí las más habituales:

Extinción de la relación laboral

Una de las causas más habituales de extinción de la relación laboral es el despido

Habrá quien opine que también lo es la finalización del contrato por llegar a su término de expiración, pero la experiencia me ha demostrado que la inmensa mayoría de las veces, dicha finalización resulta ser un despido encubierto.

En España la relación laboral se presume indefinida, esto es, sin fecha de finalización, por lo que, para que la misma se extinga debe existir una causa que la motive. La falta de dicha causa convertiría la finalización del contrato, cuanto menos, en ilícita.

El principal problema al que se enfrenta los trabajadores y trabajadoras en el orden social estriba, por un lado, en la falta de información y, por otro, en la brevedad de los plazos para actuar sin perder los derechos que les asisten cuando se trata de este tipo de situaciones.

Para hacer valer esos derechos, los trabajadores disponen de un plazo muy breve de 20 días hábiles.

En dicho plazo los trabajadores tendrán que presentar una Papeleta de Conciliación ante el CMAC (Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la Junta de Andalucía)  y también una Demanda, para el caso de que con lo anterior el asunto no se hubiera solucionado.

El despido puede ser calificado de muy diversas formas. Las más habituales son:

  • Improcedente: Cuando el mismo resulta injusto o ilícito y que da derecho a una indemnización de 33 días por año de servicio (período de tiempo en el que ha de incluirse el tiempo que se estuvo trabajando a través de ETT para la empresa) y que, en función de la antigüedad podría ser de 45 días de salario por año de servicio.
  • Objetivo: El causado por causas objetivas, tales como cierre de empresa, ERE, fuerza mayor… que da derecho a una indemnización de 20 días por año de servicio
  • Disciplinario: Que tiene lugar por faltas o infracciones cometida por el trabajador y que no da derecho a indemnización, aunque ello no impida la percepción de las prestaciones por desempleo a las que se tuviera derecho.
  • Nulo: Por vulneración de derechos fundamentales, principalmente y que da lugar a la reincorporación al puesto de trabajo, junto con los salarios de tramitación, así como una indemnización por los daños morales ocasionados.
  • V.I. (Extinción Voluntaria Indemnizada): La EVI otorga el derecho al trabajador a solicitar la extinción de la relación laboral ante un incumplimiento grave del empresario con derecho a la indemnización correspondiente al despido improcedente y a la prestación por desempleo si se ha cotizado para ello.

En cualquier caso, el procedimiento iniciado con la demanda por despido es muy importante, porque resulta ser el momento adecuado para que se reconozcan también otras situaciones anejas a la misma, como pueden ser el reconocimiento de la antigüedad en la empresa o el del auténtico salario que debió percibir el trabajador, entre otras cosas.

Además, se trata de un procedimiento en el que se van a poner a la vista las continuas infracciones cometidas por la empresa para con los trabajadores (Tenga en cuenta que si su salario debió ser mayor, también lo debieron ser sus cotizaciones y, por ende, también lo será la prestación por desempleo, por ejemplo)

Reclamaciones a la empresa

El trabajador tiene el derecho a reclamar a la empresa por todas aquéllas cuestiones que se suscitan a lo largo de la vida laboral y lo puede hacer durante la misma o con posterioridad a ella, esto es, cuando ya no se está trabajando para la empresa.

Así, podrá reclamar el reconocimiento de su verdadera categoría profesional, el derecho a conciliar su vida personal y laboral, conceptos salariales varios (como puede ser la productividad, nocturnidad, horas extras,…) y otra.

En este caso, nos ceñiremos a la reclamación de cantidades que le son debidas, ya sea por falta de pago o porque el mismo se hace en cuantía inferior a lo establecido.

Para ello, el plazo que dispone el trabajador es de un año.

Es decir, el trabajador podrá reclamar un año atrás en el tiempo todas aquellas cuantías que estime que le debieron ser abonadas y que por una u otra causa no lo fueron, incluyendo el derecho al cobro de intereses a razón del 10 % anual.

También podrá reclamar el percibo de las vacaciones no disfrutadas y a las que tenía derecho.

Y también podrá reclamar contra cualquier actuación disciplinaria del empleador que estime injusta, en un proceso en el que el trabajador en ningún momento debe estar sometido a indefensión. (El trabajador no puede defenderse adecuadamente de unas supuestas infracciones si no sabe con exactitud de qué se nos acusa y qué pruebas se disponen para ello).

Información sobre derechos y deberes laborales.

En nuestra labor de información sobre derechos y deberes laborales, este Despacho le asesorará en todo lo relacionado con:

Extinción de la relación laboral:

  • Despido (improcedente, objetivo, disciplinario, procedente y nulo)
  • V.I. (Extinción Voluntaria Indemnizada)
  • Baja voluntaria del trabajador
  • Incumplimientos del empresario
  • Obligaciones de empresario
  • Cálculo de nóminas
  • Indemnizaciones
  • Finiquitos y liquidación de la relación laboral.
  • Reclamaciones Previas a la vía judicial y Conciliaciones ante el CMAC
  • Demandas y ejecuciones de sentencias.

Expedientes de regulación de empleo (ERE/ERTE):

  • Procedimiento
  • Intervención de los representantes sindicales (delegados de personal o comité de empresa)
  • Intervención de la Autoridad Laboral.

Inspecciones de trabajo:

  • Denuncia ante la Inspección de Trabajo y comunicación a superiores ante situaciones de acoso laboral o discriminación.
  • Derechos ante una inspección
  • Participación durante la tramitación
  • Procedimientos sancionadores.

Sanciones al trabajador:

  • Procedimiento de reclamación
  • Infracciones
  • Suspensión de empleo y sueldo
  • Despido disciplinario
  • Sanciones económicas.

Contratos de trabajo:

  • Estudio de adecuación de contratos, forma y tipos
  • Duración de los contratos, periodo de prueba, prórrogas
  • Jornada laboral, horario, vacaciones;
  • Nóminas, salario, retribuciones en especie
  • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo, traslados
  • Convenio colectivo aplicable
  • Contratos de alta dirección, Cláusulas de permanencia y de no concurrencia.

Extranjeros:

  • Contratación de personal extranjero
  • Obtención de permisos de trabajo
  • Oferta de trabajo.
  • Autónomo extranjero residente.

Fiscalidad de la relación laboral:

  • Retenciones
  • Salario en especie (vehículo, opciones sobre acciones, etc.)
  • Rendimientos irregulares del trabajo
  • Desplazamientos, dietas
  • Planes de pensiones
  • Tributación de las indemnizaciones.

Problemas con la empresa. Conflictividad laboral.

Cuando el conflicto ya existe resulta conveniente, si no necesaria, la intervención de un Abogado comprometido, capacitado y económico para solucionar la situación.

Por ello, le ofrecemos nuestra ayuda, asesoramiento y representación profesional y colegiada en el ámbito laboral para los siguientes asuntos:

Reclamaciones y comunicaciones previas a la empresa, Reclamaciones Previas a la vía Judicial, Conciliaciones ante el CMAC y Demandas ante el Juzgado relacionadas con:

Extinción de la relación laboral:

  • Despido (improcedente, objetivo, disciplinario, procedente y nulo)
  • V.I. (Extinción Voluntaria Indemnizada)
  • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
  • Incumplimientos del empresario
  • Indemnizaciones
  • Finiquitos y liquidación de la relación laboral.

Reclamaciones a la empresa.

  • Remuneración y cantidades
  • Estructura salarial
  • Pagas extras
  • Productividad y bonos
  • Jornada y turnos
  • Categoría profesional
  • Vacaciones
  • Conciliación de la vida familiar y personal
  • Sanciones y expedientes disciplinarios
  • Excedencias
  • Otros requerimientos o solicitudes al empleador.
  • Ejecución de acuerdos y sentencias

Inspecciones de trabajo:

  • Denuncia ante la Inspección de Trabajo y comunicación a superiores ante situaciones de acoso laboral o discriminación.
  • Derechos ante una inspección
  • Participación durante la tramitación
  • Procedimientos sancionadores.

Contacta con nosotros si tienes algún problema laboral con tu empresa o con la seguridad social.

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