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Pareja de hecho

1. ¿Qué es la pareja de hecho?

Una pareja de hecho es una unión entre dos personas que quieren convivir de forma estable, en una relación similar a la conyugal, y que para ello deciden hacerlo constar en un registro para que figure de forma oficial. La Pareja de Hecho en Andalucía viene regulada en la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 153 de 28/12/2002.

Como decimos, la pareja de hecho consiste en la inscripción de la pareja en un registro de la Comunidad Autónoma, en España cada Comunidad Autónoma tiene su propio registro de pareja de hecho con lo que yo personalmente no estoy muy de acuerdo pues cada Comunidad pone sus propios criterios y tenemos que conocer 17 tipos de leyes diferentes, una por cada Comunidad.

Las personas que deciden inscribirse como pareja de hecho no están modificando su estado civil, con esto quiero decir que si una persona está soltera según el registro civil, seguirá estando soltera después de inscribirse como pareja de hecho.

2. ¿Cómo se solicita la inscripción de la pareja de hecho

  1. La inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía se puede realizar en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias, o bien en el Ayuntamiento de la localidad correspondiente a la residencia habitual en Andalucía, es decir, donde alguno de los miembros de la pareja esté empadronado.

Nosotros recomendamos siempre que el expediente sea presentado por las dos personas interesadas en la solicitud de inscripción de pareja de hecho, desde nuestro despacho nos encargamos de solicitaros todas las citas necesarias e indicaros la dirección y la documentación que se debe aportar.

3.¿Qué documentación es necesaria para la inscripción de la pareja de hecho?

Al respecto de la documentación necesaria para la inscripción de la pareja de hecho tenemos que indicar la siguiente:

    1. Acta de Manifestaciones: este documento público se debe firmar ante notario, es un manifiesto en el que las dos personas que desean formar una pareja estable como pareja de hecho dicen que no existen impedimentos que les hagan formar esta unión, los notarios están muy acostumbrados a realizar este tipo de actas por lo tanto no tendréis problemas para obtener este Acta de Manifestaciones en cualquier notaría.
    2. Certificados de nacimiento: se deben aportar los certificados de nacimiento de ambas personas. Si uno de ellos es extranjero, su certificado de nacimiento debe estar legalizado o apostillado según el país de origen y además de traducido jurado en caso de estar redactado en un idioma distinto al español
    3. Certificado de soltería o estado civil: estos certificados deben ser emitidos por el Registro Civil de cada uno, donde se indique que ambas personas están solteras o por el contrario alguno está divorciado… en fin, en estos documentos se debe acreditar que se puede inscribir la pareja de hecho y que no se está casado con otra persona.
    4. Formulario de solicitud: en el formulario se deben rellenar todos los datos necesarios para poder realizar la inscripción, este formulario habrá que descargarlo o solicitarlo en cada oficina de registro de pareja de hecho, pues el modelo es diferente según la Comunidad Autónoma donde queramos hacer la inscripción.
    5. Documentos de identidad: debemos presentar una copia de nuestros documentos de identidad. Si uno de ellos es extranjero se puede presentar el pasaporte. Yo recomiendo que el mismo día que se vaya al notario a firmar el Acta de Manifestaciones se haga una fotocopia compulsada y estas se aporten al expediente.

4. Solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la unión (o tarjeta comunitaria) siendo pareja de hecho  para extranjeros

Existen dos motivos claros por los que la gente decide inscribirse como pareja de hecho hoy en día, uno de ellos es por la necesidad de fortalecer una relación haciéndola pública y siempre que no se quiera realizar el acto del matrimonio a través del registro civil. Otro de los motivos fundamentales viene dado cuando tu pareja es extranjera y entonces no tiene permiso de residencia, y lógicamente parece complicado tener una relación de pareja con un ciudadano extranjero en situación irregular en España y que no puede trabajar y por lo tanto no puede desarrollarse en familia con el ciudadano español.

Es por esto que muchas parejas deciden realizar la inscripción de pareja de hecho para que el ciudadano extranjero pueda optar a la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea o también conocida como tarjeta Comunitaria.

Este trámite se debe solicitar ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde estéis empadronados y se deberán cumplir con todos los requisitos exigidos en el Real Decreto 240/2007 sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Todo el trámite de inscripción de pareja de hecho, notaría, ayuntamiento, Oficina de Extranjería, toma de huellas en Comisaría… puede ser un poco complejo si es la primera vez que lo vais a hacer, y es por esto que os recomiendo preguntar siempre a un profesional para evitar demoras y posibles problemas durante el trámite.

Si tenéis más consultas acerca del procedimiento para presentar una Inscripción de Pareja de Hecho y solicitar la Tarjeta de Residencia correspondiente, no dudéis en contactar con nuestro despacho.

Un saludo,
Ricardo Cárdenas.
Abogado Nº 10.756 del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga.
Experto en Derecho de Extranjería y Nacionalidad

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